Friday, December 16, 2011

“Red Bull te da aaalas”. Versión Burros

Agencia: Interprom
Fecha de Pauta: Octubre – Noviembre 2011
Medio: Canal 7
Link: http://www.youtube.com/watch?v=UOFZVk5P_Z0

Por: Majo Coto

La publicidad de Red Bull alrededor del mundo se ha caracterizador por causar revuelo y polémica en muchos sentidos, hasta el punto de que variados comerciales han sido prohibidos en diferentes países por ofender de alguna u otra forma las susceptibilidades de la audiencia o incentivar prácticas contrarias a la moral y buenas costumbres.

Reciente se pautó en nuestro país la versión “Burros” de la campaña “Red Bull te da alas” y a la vista de cualquier individuo particular, como es el caso de mi mamá y mi hermana (quienes me refirieron a este comercial por sentirse ofendidas al verlo), este anuncio atenta contra la ética publicitaria y la protección del los menores de edad en específico. 

El comercial incumple principalmente los artículos 2, 5 y 8 del Código de Autorregulación Publicitaria de Costa Rica:

Artículo 2: Criterios de interpretación y aplicación
Este Código se interpretará de acuerdo tanto a su texto como a su espíritu, en el contexto de la legislación aplicable.
Al valorar la compatibilidad con el código de un anuncio o actividad cubierta por éste se analizará según el impacto probable que se pueda causar en un consumidor medio. Este impacto se evaluará tomando en consideración el contenido total del anuncio, y el mensaje final que percibe el destinatario del mensaje, sin considerar aisladamente uno o más de sus elementos.
Para establecer el destinatario de un mensaje, se tomará en cuenta tanto el público meta a quien está dirigido, como el público que está en mayores probabilidades de estar expuesto al mismo.

El comercial “Burros” entra en conflicto con este artículo pues a pesar de que su público meta se puede caracterizar como jóvenes rebeldes que disfrutan de los mensajes irreverentes y de doble sentido, al que en efecto le puede agradar el mensaje, el público que está expuesto al mensaje es mucho mayor y en este sentido sí afecta la moral de una mayoría.

De esta forma, el medio de pauta elegido por la agencia Interprom es inadecuado.

Artículo 5: Decencia
La publicidad no podrá contener ninguna imagen, texto o sonido que ofenda o pueda ofender en forma seria o generalizada a un sector relevante de la población. Se deberá tener especial precaución para evitar ofensas con base en la raza, religión, género, nacionalidad, edad, orientación sexual o discapacidad física.
Se respetará la intimidad de las personas. No se presentará la figura humana en situaciones indecorosas, deshonestas o agraviantes.
Los anuncios publicitarios deberán respetar la dignidad de las instituciones y autoridades legítimamente constituidas y los símbolos nacionales.

“Burros” atenta directamente en contra de la integridad sexual y mental de los menores de edad, así como la de los animales y la familia como institución encargada de fomentar los valores morales de los niños.

• Un niño dándole grandes cantidades de Red Bull a un par de burros, cuando se ha comprobado científicamente que la ingesta frecuente de este producto puede ocasionar problemas irreparables en el sistema nervioso. Muchos niños que fuera del público meta que están expuestos a este mensaje podrían copiar dicha conducta y afectar a cualquier animal doméstico.
• Una mamá despreocupada y condescendiente toma en son de broma el hecho de que su niño le solicite permiso para ir a un “streaptease” y lo más grave es que al final del anuncio se entiende que sí dejo al niño asistir.
• Un niño en un club nocturno: estos centros de entretenimiento son exclusivos para adulto por ley. El comercial ofrece un mensaje erróneo a los menores de edad para que burlen a sus padres y hagan lo prohibido.


Artículo 8: Responsabilidad Social
La publicidad deberá elaborarse con un sentido de responsabilidad social. Deberá, por lo tanto, abstenerse de:

a. Promover o condonar cualquier forma de discriminación, incluyendo la que se basa en raza, religión, género, nacionalidad, edad, orientación sexual o discapacidad física.
b. Aparentar que condona o incita a la violencia, o bien a conductas irresponsables.
c. Promover conductas ilegales.
d. Aprovecharse de la superstición de las personas con el objeto de difundir ideas o promover ventas.
e. Enfatizar en forma despreciativa cualquier diferencia social resultante de un menor o mayor poder adquisitivo de los grupos a los que se dirige o podría dirigirse.

Claramente el comercial incumple los incisos b y c de este artículo al promover conductas irresponsables e ilegales de menores de edad a partir del uso del producto en terceros. 

CONCLUSIONES

Este spot está mal planteado de principio a fin pues la premisa es que “Red Bull te da aaaalas” para hacer lo prohibido y sólo eso ya atenta contra los principios básicos de la publicidad en nuestro país.

Es especialmente polémico porque se pautó en un canal con cobertura en todo el territorio nacional en horarios vespertinos, a la vista de todo público. Si lo hubiesen posteado en su perfil de Facebook o canal de youtube exclusivamente, tal vez no sería tan problemático, por la naturaleza versátil de estos medios y la mayor segmentación de la audiencia.

Finalmente, el comercial deforma el valor de la familia dentro de la idiosincrasia costarricense, presentando una madre poco protectora de la integridad de su hijo y un hijo rebelde que busca la manera de burlarse de su madre para lograr un objetivo con malas intenciones.

Friday, December 2, 2011

El Verdugo ¡Tome Chi Chi! (Sala)


Ensayo por: Jill Rodríguez Sedó (A64888)

Sinopsis: Hombre de abolengo intenta encender su nueva pantalla plana, frustrado porque no puede hacerlo con su control remoto le dice a su esposa que deben llamar a Japón para que se arregle. Justo en este momento, su mucama toma el control y enciende el televisor y le dice que ella tiene uno igual en su casa. Entra locutor en voz en off y dice: “Tome Chi Chi” En el verdugo la pulseamos por los que la pulsean. Por eso a los precios altos les decimos “Tome Chi Chi”. El verdugo siempre quebrando precios”.

Discusión ética: Cortina y Martínez (2008) enfatizan como la ética es más bien la filosofía de la moral y no “aquello que se refiere al modo de ser o el carácter, adquirido por el resultado de poner en práctica costumbres y prácticas considerados buenos” que al contrario, es un asunto meramente de la moral: determinar qué es bueno y qué no. Por lo tanto, el interés de este texto no es responder a esta pregunta, sino más bien fundamentar diferentes interpretaciones del anuncio; plantear el dilema ético de este spot dentro de la realidad costarricense. Para lo anterior, es fundamental entender las obligaciones de la publicidad con la sociedad y para con su profesión y el cliente porque es de esta disyuntiva que se confronta el dilema ético. Para lo reciente, se toma como base el “Código de Ética del Colegio de Periodistas (2011) y el “Código de Autorregulación Publicitaria” (2010). Este último establece que la valoración de cualquier material publicitario deberá hacerse según a. el impacto o consecuencias del mensaje final b. en su totalidad y no parcialmente y, por último, c. según la percepción del mismo. Por lo que se procede a proyectar el dilema ético a partir de estas características del anuncio.

a. Consecuencias del mensaje final: El mensaje que denota el comercial es el que se condensa en el lema que personifica el narrador en off: “Tome Chi Chi”, como queriendo decir: “Ya no hay que envidiar lo que otros (los ricos) tienen, porque yo lo puedo tener ya… gracias a El Verdugo”. De la mano de lo anterior, tal y como dice el código debe contemplarse el público al que se dirige: gente de clase baja y media baja. Esto queda claro cuando se atiende el vocabulario que se utiliza para referirse al público meta: “Los que la pulsean”.

En este sentido, para iniciar la discusión, cabe analizar que, por una parte, el menos adinerado se convierte, al contrario de lo habitual, en el protagonista del comercial, el “solucionador” del conflicto–encender la tele- y no el que ocasiona la problemática, es además, aquel que se beneficia de las ventajas que le ofrece “El Verdugo” a esta población por sus precios bajos y créditos muy convenientes. Sin embargo, por otra parte, las condiciones del crédito no son claras y pudiera incurrirse, según a lo que se refiere al artículo 37 del Código de Ética (2011) en el que se manifiesta que la publicidad no podrá: “Orientar la opinión pública sin exagerar, inducir a error o engaño, ofrecer información inexacta o desinformar, ni realizar declaraciones o afirmaciones sin sustento, ni descripciones ficticias del producto y servicios o desapegadas a la realidad” en el acto de exagerar o desinformar puesto que plantea la adquisición del producto sin consecuencia alguna y sin dejar claras las condiciones del crédito.

Entonces, el impacto del mensaje es genuinamente exitoso puesto que en efecto apela al target que pretende y lo enaltece, mas desde otro ángulo este impacto es en realidad ficticio puesto que el consumidor no conoce en realidad los pormenores de la compra.

b. Análisis total, no parcial: Cuando el Código de Autorregulación se refiere a este aspecto lo hace en relación con el contenido del spot y no así a su forma por lo que elementos como: el color, el vestuario, la actuación, los efectos, etc. se sumen son poco protagonistas para el análisis. Sin embargo, en este anuncio en particular, los elementos citados adquieren una predominancia sumamente importante porque lo estrafalario de los vestuarios, lo ridículo de la música, y lo caricaturesco de los personajes es lo que construye el mundo ficticio de “Los Paganini” donde al fin y al cabo suceden todos los acontecimientos de esta serie de comerciales –El que se analiza en este caso es el primero de esta serie-. Se puede entonces entender que debido a ubicarse en “otra realidad” las actitudes de los personajes y la solución del conflicto son acordes a esta realidad.

Aunque, si se considera que cuando aparece el “Tome Chi Chi” en la pantalla acompañado del narrador en off se rompe con la historia y se da paso a la parte “menos artística” del comercial: la más informativa en cuestión las características del servicio que ofrece la compañía, ¿No es aquí donde la marca debe expresar sus términos y condiciones? Y si esto es cierto, entonces ¿Los expresó todos en verdad? o bien, ¿No es el anuncio tan solo parte de una gran campaña? ¿Una que no solo se basó en el spot sino también utilizó otros medios de comunicación como impresos y redes sociales? o bien, ¿Decir lo que faltaría no es acaso subestimar la capacidad analítica del televidente?

Las respuestas de cada quien otorgue a estas preguntas contribuyen a esclarecer “la moralidad” de esta pieza creativa y así su carácter de valor según los artículos 11 y 9 sobre “La Veracidad” y “El Valor de la Publicidad”.

c. Percepción del comercial cierre: Wertheimer, Koffka, Koehler en Oviedo (2004) establecen como la forma y la acomodación de los elementos de un todo contribuye a atar significados que en la realidad no están físicamente juntos. Así por ejemplo, según la ley de “complete” de la Gestalt se deja en la persona que ve el comercial la responsabilidad de completar su significado (res.unidades.edu). Por lo tanto, es en ella en la que recae la responsabilidad de interpretar las ventajas del producto adquirido a partir de lo que la marca le ofrece. Por consiguiente, la carencia de la información que se planteó al inicio de este ensayo sobre las consecuencias vuelve a ser problemático puesto que algunos pudieran interpretar que “el verdugo apoya a quienes menos tienen con sus créditos bajos por lo que el precio no importa, usted puede comprar lo que quiera sin problemas”.

En este sentido el comercial entra en conflicto porque aparentemente no hay consecuencias y además, esto va acompañado de un sentimiento de satisfacción de poseer “cosas” materiales. Adicionalmente, el Verdugo se ubica en la misma posición que sus clientes: “La pulseamos por los que las pulsean”. Sin adornos y frases simples en realidad se trata de una negociación en el que el comprador adquiere un crédito, una deuda con la empresa. La relación no es entonces igualitaria sino de prestamista y prestatario en un contrato con puntos y comas.

No obstante, si se contempla que el anuncio advierte que se trata de una familia ficticia: “Los Paganini” y sus aventuras, donde la diferenciación de clase social no se acorta porque el pobre tenga más “cosas” sino que se mantiene porque la mucama sigue siendo una mucama... (¡Pero no cualquier mucama, una con pantalla plana!), el anuncio propone una solución muy superficial para un problema muy complejo, pero... desde esta perspectiva: ¿No se trata más bien de una licencia creativa, una muy bien ejecutada donde “el chiste” queda claro? Sin duda, es un asunto de percepción.

Las preguntas planteadas en cada uno de los apartados anteriores cumplen con el objetivo propuesto de incentivar el debate ético de esta publicidad. Lo que sí está claro es que esta serie de comerciales son en verdad “un refrescamiento para la vista” dentro de la receta de pauta “tradicional” que abunda en la televisión nacional. Se retoma un dicho “olvidado” en el uso cotidiano para revivirlo y éste queda en la memoria del televidente posicionando la marca. Se cumple entonces con el cliente y con los objetivos de la publicidad. Finalmente, en lo que atañe al deber de la publicidad para con la sociedad todo depende desde que ética se mire. Desde la mía se trata de un muy buen comercial de alto nivel creativo, conexión con el público meta, excelente dirección de arte que pudo enriquecer su cierre con información más precisa del servicio para darle nota de cien.

Fuentes:
Colegio de Periodistas. (2011). Código de Etica. Material de clase dado por el profesor.

Cortina Ortz, A., & Martinez Navarro, E. (1996). Etica. Accesesado noviembre 18, 2011, de books.google: books.google.com

Instituto Nacional de la Publicidad. (2010). Código de Autorregulacion Publicitaria. Material de clase dado por el profesor.

Oviedo, G. L. (2004, agosto). La Definición del Concepto de Percepción en Psicología con base en la teoria Gestalt. Revista de Ciencias Sociales de la Universidad de Los Andes , 18, pp. 89-96. Accesesado noviembre 18, 2011, de res.unidades.edu.co

Tribu DDB. (2010, setiembre). El Verdugo Tome Chi Chi (Sala). Accesado noviembre 19, 2011, de Youtube: http://www.youtube.com/watch?v=LXcj1WIqjLs.

Wednesday, November 30, 2011

Costa Risa

Por aquello que no la haya visto:




Pues la campaña nace como una protesta ante el proyecto del paquete de impuestos que el actual gobierno está tratando de imponer

Es una campaña pensada para la web, sin embargo saltó a medios tradicionales por el ruido que causó.La crítica no se hizo esperar, lo sorprendente es que se origina en muchos casos del lado de los no simpatizantes de dicho plan. ¿Las razones? Simple: la autoría de la campaña. Se habla de un colectivo de 100 personas que desarrollaron el proyecto. Se sabe que la agencia es Father y la cabeza creativa es Giovanni Bulgarelli. Como vocero aparece el economista Luis Loría. Él, a su vez, preside la Asociación Nacional de Fomento Económico (ANFE), afirma nacion.com.

En el plano publicitario hay puntos importantes que tomar en cuenta. Se está explotando el miedo como recurso para difundir el mensaje. Se encuadra todo en un circo siniestro con payasos que no parecen tan amigables. Esto iría en contra del artículo 7 del código de autoregulación publicitaria, salvo que no es directamente comunicación comercial y más bien tiene que ver con decisiones sobre una política gubernamental (que a fin de cuentas va a afectar directamente al mercado, pero no podría decir a ciencia cierta si se puede hablar de si es una "comunicación comercial"). No sabría si conociendo parte de la autoría lo hace cumplir con éste término (sería bueno conocer qué entiende el impub como "comunicación comercial").

En segundo lugar, revisando el artículo 9, la utilización de estos recursos como medio para difundir un mensaje, sumado a la trayectoria del creativo de la campaña puede llegar a dar una imagen de inconsistencia ideológica de él como persona, lo que entra en lo moral, pero también de la agencia que representa. Ésto específicamente sí podría verse como denigrante para la industria.

Para cerrar, la campaña es impecable en términos de producción. Al pie de la letra no se le podría reclamar nada a nivel ético, pero es más por vacíos del código en cuanto a publicidad política.



Fuentes:

http://www.nacion.com/2011-11-10/Opinion/detras-de--lsquo-costa-risa-rsquo-.aspx

http://www.mercadeoeducativo.com/facebook/Inpub/Reglamento/paginas/Reglamento.pdf

http://oscarcruz.wordpress.com/tag/costa-risa/ (Imágenes)

http://h3dicho.ticoblogger.com/2011/11/costa-risa.html (Imagen final)

Costa Risa

Por aquello que no la haya visto:




Pues la campaña nace como una protesta ante el proyecto del paquete de impuestos que el actual gobierno está tratando de imponer

Es una campaña pensada para la web, sin embargo saltó a medios tradicionales por el ruido que causó.La crítica no se hizo esperar, lo sorprendente es que se origina en muchos casos del lado de los no simpatizantes de dicho plan. ¿Las razones? Simple: la autoría de la campaña. Se habla de un colectivo de 100 personas que desarrollaron el proyecto. Se sabe que la agencia es Father y la cabeza creativa es Giovanni Bulgarelli. Como vocero aparece el economista Luis Loría. Él, a su vez, preside la Asociación Nacional de Fomento Económico (ANFE), afirma nacion.com.

En el plano publicitario hay puntos importantes que tomar en cuenta. Se está explotando el miedo como recurso para difundir el mensaje. Se encuadra todo en un circo siniestro con payasos que no parecen tan amigables. Esto iría en contra del artículo 7 del código de autoregulación publicitaria, salvo que no es directamente comunicación comercial y más bien tiene que ver con decisiones sobre una política gubernamental (que a fin de cuentas va a afectar directamente al mercado, pero no podría decir a ciencia cierta si se puede hablar de si es una "comunicación comercial"). No sabría si conociendo parte de la autoría lo hace cumplir con éste término (sería bueno conocer qué entiende el impub como "comunicación comercial").

En segundo lugar, revisando el artículo 9, la utilización de estos recursos como medio para difundir un mensaje, sumado a la trayectoria del creativo de la campaña puede llegar a dar una imagen de inconsistencia ideológica de él como persona, lo que entra en lo moral, pero también de la agencia que representa. Ésto específicamente sí podría verse como denigrante para la industria.

Para cerrar, la campaña es impecable en términos de producción. Al pie de la letra no se le podría reclamar nada a nivel ético, pero es más por vacíos del código en cuanto a publicidad política.



Fuentes:

http://www.nacion.com/2011-11-10/Opinion/detras-de--lsquo-costa-risa-rsquo-.aspx

http://www.mercadeoeducativo.com/facebook/Inpub/Reglamento/paginas/Reglamento.pdf

http://oscarcruz.wordpress.com/tag/costa-risa/ (Imágenes)

http://h3dicho.ticoblogger.com/2011/11/costa-risa.html (Imagen final)

Caso: Red Bull te da alas!!!

La empresa austriaca Red Bull se ha caracterizado por el uso de personajes estereotipados como parte del estilo creativo de sus anuncios publicitarios. El camino creativo de problema-solución se deriva a partir de su slogan Red Bull “te da alas” y se basa en incitar al consumo para lograr -o concretar- esas fantasías, aventuras o retos que se le presenten en su día; es decir, otorgar “alas” como sinónimo de permiso o extensión de facultades para lograr lo deseado.

Uno de sus spots publicitarios y que se pauta actualmente en el país, a través de televisión por cable, se trata de un niño que engaña a su mamá de manera ingeniosa gracias a Red Bull y finalmente logra lo que desea. En este caso, el comercial inicia con el niño sirviéndole de beber Red Bull a un par de burros. Luego, el niño entra a su casa y se muestra inmediatamente a la madre lavando platos. Este le pregunta que si puede ir a un Streaptease (baile erótico), a lo que su madre le responde: “cuando los burros vuelen jovencito”. En seguida, se ve a través de la ventana de la cocina donde un par de burros –que se muestran al inicio- salen volando. La última escena es el niño feliz en un Club de Streapers sentado frente a una tarima donde se ve un par de piernas con mallas de redes –cliché de streaper-bailándole al niño.

Para realizar un análisis acerca de la ética de este comercial me baso en dos Códigos que rigen la práctica publicitaria en el país. Primeramente el Código de ética de los y las profesionales de la Comunicación del Colegio de Periodistas de Costa Rica (Colper), y segundo el Código de Autorregulación del Instituto Nacional de Publicidad (INPUB).

El art. 2 del Código del Colegio de Periodistas dicta que se debe “Respetar los derechos de las personas en general y con especial cuidado los relacionados a la infancia, la adolescencia, las mujeres, las personas adultas mayores, las personas con discapacidad, la naturaleza y el pluralismo en todos los ámbitos de las relaciones humanas.” En este caso, el uso de la imagen femenina como objeto sexual valida la relaciones de maltrato y objetivización de la mujer y abuso de poder por parte del sexo masculino. Asimismo, se brindan malos ejemplos a los niños y adolescentes con respecto a su sexualidad, el trato a las mujeres y violentan valores como la integridad, el respeto y la equidad; especialmente en cuanto a la validación del poder del hombre y la satisfacción de sus deseos a partir de la mujer. Propiciar el buen actuar de los ciudadanos -a partir de valores de la idiosincrasia costarricense- es un aspecto que rige el mismo Código en el artículo 4, el cual reza que todos sus miembros deben “Regirse por los valores de libertad, respeto y diálogo, solidaridad, integridad, justicia, veracidad, lealtad, responsabilidad, transparencia, equidad, calidad, excelencia y compromiso social, con el fin de ejercer la profesión con dignidad y honorabilidad.”

Además, se atenta contra la seguridad de los niños y jóvenes que pueden verse expuestos ante imágenes o actos de explotación sexual y ante falta de información o guía apropiada se puede llevar a mal interpretaciones del contenido y a validar actos ilícitos como lo es la explotación sexual. El código del Colegio de Periodistas en su artículo 17 habla de la responsabilidad de los comunicadores en los actos consecuentes de la interpretación de sus mensajes y dicta el deber de “Servir al bienestar colectivo, promover la tolerancia, la educación, la cultura, la creatividad, la sana convivencia social y la seguridad del destinatario del mensaje.”

Como es ocasional en los anuncios de esta marca y según la organización canadiense sin fines de lucro, Media Awareness Network (MAN), el uso de estereotipos es un atajo utilizado por los publicistas para que una gran cantidad de personas comprendan un mensaje corto en un lapso de tiempo limitado. Sin embargo, estos llevan a reducir el amplio rango de diferencias que poseen las personas a simples categorizaciones e incluso transforma presunciones acerca de grupos de personas en realidad y por tanto perpetua prejuicios sociales, inequidad y justifica la posición de los que tienen el poder. (Mastropiero, 2009) Ante la perpetuación de representaciones del abuso del poder y de grupos vulnerables el Código del Colegio de Periodistas sostiene en el artículo 39 “Respetar el derecho a la privacidad e intimidad, así como la imagen de los sectores socialmente vulnerables, las personas físicas y jurídicas.”

En este caso, la violencia doméstica y la explotación sexual de la cuales son víctimas las mujeres, se trata con humor, como el objeto “deseado”, “el reto” del niño para burlar a su madre –otra mujer- que termina irrespetando. En este comercial se desvaloriza la mujer desde su figura materna en la cual pierde respeto y poder y como ser humano en que se somete a situaciones en que es utilizada por el hombre para lograr satisfacción. El código de autorregulación del INPUB prohíbe ofender a públicos vulnerables en el artículo 5 sobre decencia y dice “La publicidad no podrá contener ninguna imagen, texto o sonido que ofenda o pueda ofender en forma seria o generalizada a un sector relevante de la población. Se deberá tener especial precaución para evitar ofensas con base en la raza, religión, género, nacionalidad, edad, orientación sexual o discapacidad física.”

Asimismo, en cuanto al derecho de la imagen de la persona y el respeto de la misma advierto sobre contenidos que expongan ante situaciones de riesgo a cualquier persona. El artículo 5 agrega “Se respetará la intimidad de las personas. No se presentará la figura humana en situaciones indecorosas, deshonestas o agraviantes.” En el anuncio, primero se expone al niño en una situación deshonesta con su madre y luego a la mujer en una situación indecorosa.

En cuanto al principio de honradez y buena fe este código en el artículo 6 sostiene “La publicidad debe formularse de manera que no abuse de la confianza de los consumidores, ni explote su falta de experiencia, de madurez o de conocimiento. Se pondrá especial atención a aquella publicidad que ofrezca productos dirigidos a la población infantil.” En este caso, al tratarse de un niño se parte de una persona con falta de conocimiento, experiencia y madurez y además, expone a otros niños y jóvenes de las mismas condiciones ante situaciones que agravian a la mujer, perpetúan estereotipos y validan el abuso del poder.

Finalmente, en cuanto al deber de responsabilidad social, el artículo 8 de este código incluye: “…abstenerse de… Promover o condonar cualquier forma de discriminación…Aparentar que condona o incita a la violencia, o bien a conductas irresponsables. c. Promover conductas ilegales….”

A partir de ambos Códigos queda claro que este comercial violenta varios artículos y por tanto, la ética profesional de los comunicadores en Costa Rica. Asimismo, se irrespetan las normas costarricenses, al ser pautado en medios nacionales, e incita a conductas violentas, al irrespeto y la desigualdad de género; sobre todo tratándose de poblaciones jóvenes con falta de madurez y que pueden verse perjudicadas si no poseen la instrucción o acceso a información socialmente responsable.


Enlace del video: http://www.youtube.com/watch?v=UOFZVk5P_Z0

Fuentes:
Mastropiero, D. (2009) Red Bull Gives You… Stereotypes? Stinky Journalism.org. Tomado el 19 de noviembre, 2011, de http://www.stinkyjournalism.org/editordetail.php?id=313

Código de ética de los y las profesionales de la Comunicación. Colegio de Periodistas de Costa Rica (Colper).

Código de Autorregulación. Instituto Nacional de Publicidad (INPUB).

Tuesday, November 29, 2011

CAMPAÑA UNHATE DE BENETTON


¿Estar en contra del odio es inmoral?

Benetton es una marca de moda de lujo mundial que nació en Italia y se ha desarrollado en alrededor de 120 países con más de 600 tiendas de ropa, accesorios y perfumes. Se ha destacado por sus campañas publicitarias controversiales, reveladoras y sin miedo a los perjuicios morales, como es el provocativo concepto de United Colors, cuando el famoso fotógrafo Oliviero Toscani dirigió la campaña que contenía vallas con fotografías escandalosas como la del lecho de muerte de un activista del SIDA, quien muere precisamente de esta enfermedad o la de un bebé recién nacido ensangrentado todavía con el cordón umbilical unido a la madre. En 1991 este último causó más de 800 denuncias a la British Advertising Standards Authority y fue incluído en el libro Guiness World Records 2000 como la campaña más controversial. Otras de las fotografías de esta campaña incluyen un caballo negro apareando uno blanco, un collage de genitales de personas de diferentes razas, presos condenados a muerte, entre otras.

La última campaña controversial de Benetton fue la que sacó en otoño del presente año, 2011, llamada “Unhate”, en la cual incluye fotomontajes de personalidades políticas y religiosas besándose, como lo son el presidente Obama besando al jerarca venezolano Hugo Chávez o el Papa Benedicto XVI besando al jeque Ahmed Mohamed. Es importante resaltar que Benetton afirmó haberse inspirado en la famosa fotografía histórica del beso de los líderes Leonid Brezhnev y Eric Honecker, de la Unión Soviética y la República Democrática Alemana, respectivamente. Esta campaña lanzó polémica acerca de la ironía en la política mundial y las relaciones internacionales al mostrar líderes opuestos, del mismo sexo, justamente besándose. Incluso el 17 de noviembre, recién lanzada la campaña, el Vaticano anunció que tomaría acciones legales contra Benetton, ya que ofende “… no sólo la dignidad del Papa y de la Iglesia Católica, sino también la sensibilidad de los creyentes “, ante esto Benetton retiró la fotografía y respondió que “siente mucho que la imagen haya lastimado la sensibilidad de los fieles, el objetivo de esta campaña sólo es luchar contra la cultura del odio en todas sus formas…” según publicó New York post.


Según El Pontificio Consejo para las Comunidades Sociales, en la sección de Ética en la Publicidad, manifiesta la posición del Vaticano frente al movimiento publicitario actual, aunque es importante destacar que este manifiesto fue escrito en 1997, por lo cual es posible que se quede desactualizado en varias de las temáticas publicitarias de hoy en día. Y un ejemplo de ello es que al haberlo leído, pude notar que se queda indefenso ante efectos como los de la campaña Unhate.

Entre lo que se puede rescatar de este manifiesto y su aplicación a la actualidad está su consciencia ante los efectos de la publicidad, aun así, mantiene una posición neutral ante estos. “La publicidad puede ser de buen gusto y estar en conformidad con las normas morales y, ocasionalmente incluso, moralmente elevada, pero también puede ser vulgar y moralmente degradante. Con frecuencia apela deliberadamente a motivos como la envidia, status social y codicia. Hoy, también algunos publicitarios buscan conscientemente conmocionar y turbar mediante contenidos de una suave, perversa, naturaleza pornográfica.”

Con base en esta declaración confirman: Nosotros señalamos el principio fundamental para las personas dedicadas a la publicidad: los publicitarios (…) son moralmente responsables de las estrategias que incitan a la gente a un comportamiento determinado; y se trata de una responsabilidad compartida por editores, ejecutivos de la radio y televisión, y otros en el mundo de las comunicaciones, así como por quienes aprueban políticas comerciales, y todos aquellos que están metidos en el proceso de la publicidad. (…) Quienes se ocupan de publicidad, mujeres y hombres, han de poseer una conciencia sensible, altas normas éticas y un robusto sentido de responsabilidad. Pero incluso para ellos, las presiones externas —desde los clientes que contratan su trabajo hasta la dinámica competencia interna de su profesión— pueden crear una fuerza que les induzca a un comportamiento carente de ética. Lo que subraya la necesidad de estructuras y sistemas externos que soporten y animen practicas responsables en publicidad y desalienten las irresponsables.”

Este manifiesto no contiene la fuerza necesaria para defender la ética de los católicos ni de la Iglesia Católica como tal ante la aparente falta de respeto cometida por Benetton. Aun así es importante analizar esta campaña desde el punto de vista ético mundial y no sólo religioso.

Si bien es cierto estas imágenes son controversiales por el choque visual que puede causar a las personas homofóbicas ver 2 hombres besándose se aumenta la controversia al ser 2 hombres líderes de la política y religión mundiales. Pero al final esta es la meta misma de la campaña, pronunciarse contra todas las formas de odio posible, posicionando la empresa en contra de la intolerancia sexual, la intolerancia política y la religiosa. Pero, ¿realmente este fin promueve la marca como tal o más bien la aleja del consumidor? Si bien el fin económico de la campaña es vender su producto, cae en duda si logrará este sentido de protesta acercar la marca al consumidor o más bien alejarla de quienes consideren esta campaña como “inmoral”. Y con esto claro surge la duda de cuál es el target de la marca, porque si quiere erradicar todas las formas de odio mundiales podría perder parte del target que no quiera cambiar sus principios “éticos” que no los hacen intolerantes, pero a su vez al alejar esta parte del target podría ganar otra parte de todos los activistas en contra de cualquier tipo de intolerancia.

En mi opinión, el Vaticano no tiene las bases suficientes para proclamar inmoral esta campaña… si Dios es amor, y la Iglesia Católica se rige por los mandatos de Dios, ¿no debería la misma Iglesia Católica estar en contra de cualquier forma de odio en el mundo? Y por lo tanto, ¿por qué se escandaliza de una campaña publicitaria que consiste en un fotomontaje que quiere de cierta forma defender lo que Dios promueva? (sin dejar de lado los claros fines económicos de la campaña en sí, que es ganar dinero con la compra de sus productos). Ya con esto podemos pasar a la controversia mundial: ¿por qué rechazar algo que muestra amor, como lo es un beso?, fácil: porque hay gente aun que no acepta las muestras de amor o el amor mismo en personas que estén en contra de los principios inculcados por la religión o ya sea por la sociedad misma, como es la política, lamentablemente hasta las muestras de amor en contra del odio ahora forman polémica.

Referencias:

http://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/pccs/documents/rc_pc_pccs_doc_22021997_ethics-in-ad_sp.html

http://en.wikipedia.org/wiki/Benetton_Group

http://photoblog.msnbc.msn.com/_news/2011/11/16/8842010-benetton-unveils-unhate-campaign-vatican-protests-use-of-popes-image

http://popwatch.ew.com/2011/11/17/benetton-unhate-campaign-obama-kissing/

LAIN y "El Chunche"

Actualmente, verse bien, estar en forma y saludable, son tres aspectos fundamentales en la vida de muchas personas. Este tema es cosa de todos los días para hombres y mujeres, hacer dieta, correr todas las mañanas, ir al gimnasio y probar todo tipo de tratamiento para adelgazar.

LAIN viene a Costa Rica como un centro médico para tratar el sobre peso. Cuentan con distintos tipos de anuncios, algunos testimoniales y otros de promociones 2x1. En este caso, se presenta a Mauricio Montero, “El Chunche”, a punto de comenzar un tratamiento de adelgazamiento y diciendo cómo este tratamiento es la solución.

http://www.youtube.com/watch?v=ewl4unamNHQ&feature=related

De acuerdo con al artículo 11 del código de auto regulación publicitaria,

“La publicidad no deberá contener ninguna manifestación o

presentación visual que directa o indirectamente, por afirmación,

omisión, ambigüedad o exageración pueda razonablemente llevar

a confusión al consumidor…”

En el anuncio solamente se muestran algunos elementos utilizados para el tratamiento, sin embargo se omite que el tratamiento no es solamente un parche, si no que incluye dietas y rutinas fuertes de ejercicios.

A parte de lo mencionado anteriormente, el someterse a un tratamiento para adelgazar que utiliza técnicas no naturales, se tienen como resultado algunos efectos secundarios, esto no se menciona en ninguna parte del anuncio, de acuerdo con el artículo 18 del código de auto regulación publicitaria

“La publicidad no podrá, sin justificación basada en fines educativos

o sociales, contener presentaciones visuales o descripciones de

conductas peligrosas, ni situaciones que muestren desprecio por la

seguridad o la salud…”

En este tipo de anuncios, la empresa no se enfoca en explicar cómo funciona su tratamiento o qué conlleva, solamente se aprovechan de “no usar cirugías” y de esta forma, atrapar a su público.

Monday, November 28, 2011

Análisis de la Publicidad de Exteriores de RYM Ltda

Rojas y Monge, es una empresa de ferretería que se encuentra en Grecia de Alajuela que utiliza publicidad en exteriores únicamente. El diseño de la publicidad impresa consiste en el logo, que son las iniciales RyM encerradas en una imagen que alude a una casa, junto con la frase “Transportamos desde Grecia hacia todo el país”, los números de contacto y una imagen de una lata de pintura roja vertiendo su contenido sobre un círculo azul que simula el mundo, que tiene además la frase en inglés “Cover the Earth” (Cubre la tierra), originalmente este es el logo oficial de Sherwin-Williams, la mayor productora de pinturas de Estados Unidos.



Es precisamente sobre esta última imagen de la que parte el análisis. La preocupación por el medio ambiente ha sido una tendencia en los últimos años y se han comenzado a modificar los códigos éticos para incluir incisos y artículos que apelan a esta preocupación junto con los temas de discriminación, igualdad de género, entre otros.




Esta imagen que utiliza la empresa crea confusión, ya que claramente esta alude a la utilización de productos químicos, como lo es la pintura, de manera desmedida en el mundo. Utiliza el recurso de la exageración, como la proporción de la lata de pintura con respecto al mundo, para lograr que este contenido líquido, que se asume sea pintura, cubra la Tierra de manera caricaturesca, exagerada y fácil. Además que va de la mano con la frase “Cover the Earth” que se encuentra en el centro de la imagen, lo que solo respalda estas conclusiones, no son análisis sacados por contexto de la empresa sino que está evidentemente refiriéndose a lo anteriormente señalado.

Con respecto al medio ambiente hay ciertos artículos, nacionales e internacionales que se refieren a esto, por ejemplo en el Código de Ética y Autorregulación Publicitaria (CONARP), el artículo 14 dice:

La publicidad debe ser cuidadosa del medio ambiente.

1. En consecuencia no deberá, directa o indirectamente, generar ni estimular:

a. La contaminación material y visual del medio ambiente.

b. La alteración de los paisajes naturales y urbanos.

c. La obstaculización de la vista de sitios públicos, de interés turístico y monumentos.

d. El exceso de ruido que atente contra la salud y el bienestar de las personas.


De acá, interesa el inciso a y b, donde especifica que la publicidad no debe estimular la contaminación y la imagen utilizada por RyM alude a este fenómeno de manera muy lúdica. Por otro lado, en el artículo 3 de este mismo código se especifica desde el inicio que las empresas deben ser responsables por la publicidad que generen y el impacto social y este negocio con esta imagen está naturalizando la contaminación ambiental.

Artículo 3º.- Los anunciantes, las agencias de publicidad, los profesionales publicitarios y los responsables de los medios deben:

-Asumir la responsabilidad social que implica la difusión pública de sus mensajes.


Esta naturalización de la contaminación y la utilización de químicos en el mundo se especifican en el Código de Autorregulación Publicitaria de Costa Rica en el apartado sobre el medio ambiente en el artículo 10:

Artículo 10: Respeto al Ambiente

La actividad publicitaria deberá abstenerse de, directa o indirectamente, estimular, exaltar o tolerar acciones que atenten contra la sostenibilidad del ambiente. En especial, no serán permitidos los mensajes que inciten o estimulen la contaminación ambiental, y el uso irracional de los recursos naturales.


Esta imagen que la empresa decide utilizar en su reducida publicidad de exteriores, está, si no estimulando, al menos tolerando una acción que sí atenta contra la sostenibilidad del medio ambiente, además lo hace de una manera exagerada, casi como una sátira.

Este comportamiento naturalizado y trasladado a la vida real, peligra la salud de las personas, lo que se recalca en este mismo código en el artículo 18:

Artículo 18: Seguridad y salud

La publicidad no podrá, sin justificación basada en fines educativos o sociales, contener presentaciones visuales o descripciones de conductas peligrosas, ni situaciones que muestren desprecio por la seguridad o la salud.


En casi todos los códigos internacionales, este apartado del medio ambiente es también analizado y sancionado, por ejemplo en el Código de Ética Publicitario de la Asociación Peruana de Agencias de Publicidad (1986), se establece que:

Art. 11. Los mensajes publicitarios no deberán:

f. Estimular, directa o indirectamente, la contaminación del aire, las aguas, las áreas verdes y del medio ambiente en general y la extinción de la fauna o la flora. Tampoco deberán estimular la producción de ruidos en locales públicos o privados.


Esta empresa local evidentemente invierte muy poco en publicidad y probablemente diseñe sus propios anuncios, no poseen una asesoría en este campo y desconocen estos códigos y percepciones. Además esta imagen tiene una frase en inglés lo que delata que probablemente no sea una imagen original de la empresa sino que fue tomada de Sherwin-Williams y adecuada a la composición del diseño.

No se justifican las acciones pero se evidencia la poca importancia de una publicidad y asesoría profesional, lo que puede perjudicar el producto final y hasta la imagen de la empresa.



Tatiana Monge, 2011

Bibliografía:

- Código de Autorregulación Publicitaria de Costa Rica

- Código de Ética Publicitario de la Asociación Peruana de Agencias de Publicidad

- Código de Ética y Autorregulación Publicitaria (CONARP)


El poderoso punto y la letra pequeña


Hace unos 3 meses nos sorprendió un grupo consumidores enojados en el centro de San José. Reclamaban los precios bajísimos que les habían prometido.
El almacén tuvo que permanecer cerrado hasta que los enfurecidos manifestantes se fueran.
El pecado: El miércoles 14 de setiembre salió un anuncio que decía que el viernes 16 se iba a poder comprar mercadería baratísima. Una bolsa de arroz de 2 Kilos, tres de 900 gramos de frijoles, atunes, aceite y otros abarrotes a sólo ¢100 (Cien colones). Pero (y evidentemente tenía que haber condiciones), el reglamento se publicaría hasta el mismo viernes.
¿De quién fue la culpa? Los compradores que habían visto el anuncio llegaron temprano el viernes, desde muchos puntos distintos del país, pero no pensaron que podía haber condiciones y esperar para ver el reglamento de la promoción. Había que gastar ¢20 000 (Veinte mil colones) en otra mercadería, para poder acceder a la promoción.
Ahí está,  la gente no se fijó, pero resulta que la situación es más compleja. Hay dos puntos de vista: uno, si la gente le pone atención a la letra pequeña, se prepara y toma una decisión informada, y dos, si el almacén hubiera puesto el reglamento desde el miércoles se hubiera evitado problemas.
El punto es que se ganaron el enojo de la gente. No están mintiendo, porque siempre dijeron que habían condiciones (En letra pequeña). Pero se ganaron la denuncia, por "publicidad omisa".
No encontré el término "publicidad omisa" en los reglamentos y códigos que revisé, no sé qué tendrá de omisa, pero sí resulta confusa, y copio lo que dice el Código de Autoregulación del INPUB en el artículo 11 "veracidad":

La publicidad no deberá contener ninguna manifestación o presentación visual que directa o indirectamente, por afirmación, omisión, ambigüedad o exageración pueda razonablemente llevar a confusión al consumidor.
Y puede ser que la omisión (que yo no llamaría omisión, sino posposición) de las reglas de la promoción cuente como confuso.
Sin duda los retails con asteriscos y letras pequeñas son muy comunes como para ignorarlos, todos los días vemos al menos uno. Y nos arriesgamos, siempre, porque la letra pequeña es pequeña para que no la lean.
Y todos los reglamentos están por aparte y nadie los lee.
¿Dónde está la diferencia? Yo creo que hay dos puntos clave: Lo significativo de la oferta, (Cien colones por una bolsa de arroz -El 5% del precio normal)  y el público al que iba. En un periódico que se caracteriza textos simples y dominio de las imágenes sobre éstos, casi seguro que nadie va a notar las letras pequeñitas.


¿Entonces? Evitar, a toda costa, la confusión. Y nada más, difícilmente nos van a dejar hacer más grande la letra pequeña, hay que dejar todo bien claro, desde el principio.




Fuentes
Morales, Carlos. Denuncian a Almacén el Punto Poderoso por publicidad engañosa. ADN fm. 19/09/2011 http://adn.fm/Nacionales/tabid/6002/language/en-US/Default.aspx
Vargas, David. Clientes enfurecidos obligan a cerrar almacén en San José. Nacion.com. 16/09/2011 http://www.nacion.com/2011-09-16/Portada/Clientes-enfurecidos-obligan-a-cerrar-almacen-en-San-Jose.aspx
Arce, Sergio. Tienda josefina se expone a multa por "publicidad omisa". Nación.com. 17/09/2011 http://www.nacion.com/2011-09-17/Economia/tienda-josefina-se-expone-a-multa-por--lsquo-publicidad-omisa-rsquo-.aspx
López, Angie. MEIC analiza posible publicidad engañosa. Aldía.cr 17/09/2011 http://www.aldia.cr/ad_ee/2011/septiembre/17/noticias-del-dia2914485.html 
Portuguez, Roberto. Fueron por ofertas pero por poco desarman almacén. La Prensa Libre edición digital 17/09/2011. http://prensalibre.co.cr/pl/nacional/50490-fueron-por-ofertas-pero-por-poco-desarman-almacen.html
Código de Autoregulación publicitaria. INPUB

Y... ¿Dónde está Mas x Menos?


Supermercados Mas x Menos pautó, a partir de octubre de este año, una campaña que pretendía hacer sentir que las mujeres eran complacidas por el supermercado antes mencionado, colocando los productos a los precios que ellas querían. El anuncio primero presenta varias locaciones, un café o restaurante, un salón de belleza y un gimnasio, todas estas vacías. El locutor hace una pregunta ¿Dónde están las mujeres? Y posterior indica que todas están en Mas x Menos, “(…) porque ahora tienen el precio que querían en toda la tienda (…)” En este momento, se ve el supermercado llenos de mujeres, únicamente, quines están realizando sus compras.


Análisis ético.

El anuncio de Mas x Menos muestra su objetivo claramente: identificar a las mujeres como público objetivo para hacerlas sentir “chineadas”, pero la forma de plantear la campaña llegó a tocar un punto delicado del colectivo femenino. En primera instancia, el Códico de Autorregulación Publicitaria plantea, en su Artículo 5 que:

Artículo 5: Decencia

La publicidad no podrá contener ninguna imagen, texto o sonido que ofenda o pueda ofender en forma seria o generalizada a un sector relevante de la población. Se deberá tener especial precaución para evitar ofensas con base en la raza, religión, género, nacionalidad, edad, orientación sexual o discapacidad física.

Se respetará la intimidad de las personas. No se presentará la figura humana en situaciones indecorosas, deshonestas o agraviantes.

Los anuncios publicitarios deberán respetar la dignidad de las instituciones y autoridades legítimamente constituidas y los símbolos nacionales

El anuncio en análisis manifiesta abiertamente su relación con el público femenino únicamente, pero a la hora de colocarlo en los lugares en dónde podría hacer falta la mujer, se inclina por dar a entender que las mujeres deberían estar en lugares como los restaurantes, los salones de belleza o los gimnasios, y que las mismas no se encuentran en sus lugares habituales. Esto atenta contra la imagen de la mujer contra la igualdad de género. La mujer es esteriotipada en este anuncio, no solo por los lugares que frecuenta, pero también por ser la única que realiza las compras, es decir, que es su labor, según indica el anuncio de este supermercado. A la hora de ver el establecimiento no hay presencia masculina que esté realizando las compras del hogar.

El segundo punto a tratar, es el artículo número 8 del mismo documento, que señala:

Artículo 8: Responsabilidad Social La publicidad deberá elaborarse con un sentido de responsabilidad social. Deberá, por lo tanto, abstenerse de:

a. Promover o condonar cualquier forma de discriminación, incluyendo la que se basa en raza, religión, género, nacionalidad, edad, orientación sexual o discapacidad física.

b. Aparentar que condona o incita a la violencia, o bien a conductas irresponsables.

c. Promover conductas ilegales.

d. Aprovecharse de la superstición de las personas con el objeto de difundir ideas o promover ventas.

e. Enfatizar en forma despreciativa cualquier diferencia social resultante de un menor o mayor poder adquisitivo de los grupos a los que se dirige o podría dirigirse.

Según lo anteriormente citado, la anuncio no podría promover cualquier forma de discriminación, acción de el anuncio plantea dejando por fuera una asistencia variado a los supermercados y mostrando únicamente figuras femeninas por todo el local.

En el caso del Código de ética de las y los profesionales en comunicación, del Colegio de periodistas de Costa Rica, este refuerza lo antes mencionado mediante lo siguiente:

ARTÍCULO 2. Respetar los derechos de las personas en general y con especial cuidado los relacionados a la infancia, la adolescencia, las mujeres, las personas adultas mayores, las personas con discapacidad, la naturaleza y el pluralismo en todos los ámbitos de las relaciones humanas.

En este caso, el código establece que se debe tener especial cuidado con los derechos relacionados a las mujeres, dejando en claro que no se puede pasar por alto que el género es un aspecto esencial para tener el adecuando respeto y no generar más discriminación.

En los personal, considero que el anuncio planteo una estrategia, dirigida a un público meta básicamente segmentado, entre otras cosas, por su género. El definir este público no significaba que la campaña debía dejar por fuera a la precedencia de otras figuras a los espacios comerciales de la marca. Por otra parte, lo que me parece aún más delicado, es el colocar imágenes de lugares esteriotipados para indicar que de esos lugares es dónde hacen falta las mujeres que están realizando sus compras. Estos lugares no son oficinas, bancos, talleres, empresas; son cafés y salones de belleza, espacios que si bien es cierto visitamos todos, tanto hombres como mujeres, se están relacionando íntimamente con el rol de la mujer en la sociedad.