Análisis deontológico del “Comercial Brahma Berano 2010”
Temas: ética, publicidad sexista.
Comercial: http://www.youtube.com/watch?v=zqiwz3gF72Y
Como
en muchos de los países a nivel mundial, en el Perú hay un claro reforzamiento
de estereotipos en los anuncios publicitarios, hay que recordar que los medios
de comunicación juegan un papel muy importante en la construcción del
imaginario colectivo.
Analizaré
el “Comercial de Brahma Berano 2010” a partir de los códigos de ética: “Código
de ética publicitaria de la Asociación Nacional de Anunciantes del Perú (ANDA)”,
“Código de ética publicitaria del Perú” (CONAR), “Códigos
de ética y creativo de la asociación peruana de agencias de publicidad (APAP)”.
El
código del CONAR menciona en el artículo 1: “…Las normas del Código de Ética
son aplicables para todos los anunciantes, las agencias de publicidad, los
publicitarios y los medios de comunicación, aunque no estuvieran afiliados a
una de las asociaciones que los agrupan...” Sin embargo, muchos de los
contenidos pautados en televisión parecen pasar por alto esta normativa, como
en este caso.
Este comercial representa claramente el sexismo en contra de
la imagen de la mujer, término que la abogada Laura
Tineo explica en una entrevista hecha para Alfieroo: “El
término sexista —al igual que machista— es una denominación peyorativa
utilizada para encasillar a toda publicidad que rebaja a los seres humanos como
meros objetos de placer. Existen piezas que presentan de manera burda la
anatomía femenina sin ninguna justificación creativa.”
Por otro lado, el código de ética ANDA
establece en el artículo IX que la publicidad no debe ser engañosa, ni
aprovecharse de la credulidad del espectador, creándole falsas expectativas del
producto. Este anuncio causa fascinación, sobre todo en el público masculino,
resultando inconscientemente engañoso, ya que al consumir el producto podrá “obtener”
una de estas mujeres sexys. Además en el inciso h, del mismo artículo menciona
sobre la honorabilidad: “No
presentará la figura humana, en especial la de la mujer y el niño, en
situaciones indecorosas, deshonestas, inmorales o de dudosa moralidad…” Aquí se
representa a la mujer de forma indecorosa, además se ridiculiza un tanto la
imagen de los hombres, con la idea de que son “barrigones”, abdomen voluminoso
que adquieren al tomar y tomar cerveza, un rasgo que según el comercial debe
ser positivo.
Aunque un poco más
general, el artículo X habla sobre el respeto a la dignidad de las personas, con
consideración a la familia, presentando así en los comerciales valores
positivos, sin mostrar imágenes obscenas. Específicamente el inciso B menciona la no
discriminación, en este spot hay claramente discriminación hacia el sexo
femenino. El artículo décimo noveno del código APAP y el artículo 8 y 10 del
CONAR también hacen mención en este aspecto.
El CONAR, habla
de hacer un análisis a los anuncios que hagan hincapié en explotar los apetitos
sexuales, Brahma es una marca que frecuentemente hace alusión en este tema como
se puede mostrar en este comercial.
Sobre los estereotipos,
entendiendo este término como modelos sociales, el código APAP menciona en el artículo
décimo octavo: “La publicidad deberá ilustrar modelos constructivos de conducta
humana. No utilizará formas de expresión verbal, gráfica o animada que en su
totalidad o en parte sea obscena, repulsiva o pornográfica.” Si bien esta
publicidad no es pornográfica, si es obscena por las imágenes de mujeres semidesnudas que
presenta.
Los tres códigos hablan sobre la veracidad de contenidos. El articulo
décimo segundo del código APAP dice: “La publicidad no podrá omitir o disimular
hechos sobre el producto o servicio publicitario si al hacerlo deviene en
engaño del consumidor usuario.” En el comercial faltó mencionar que, tomar
bebidas alcohólicas en exceso es dañino para la salud.
El
horario de pauta es otro punto a considerar, pues el comercial se pauto en un horario
en que tienen acceso los niños, siendo
su contenido sexual y con un producto alcohólico.
En
los tres códigos se menciona que la publicidad deberá promover el desarrollo nacional,
la educación peruana y la cultura, aspectos que debe considerar la marca
Brahma.
Para
finalizar, en el anuncio hay una clara violencia hacia el trato de la imagen de
la mujer, con un contenido de discriminación por sexo, menosprecio, colocándola
como un objeto sexual y que lamentablemente se verá reflejado en el trato
social. Es necesario reflexionar, contribuir al desarrollo y cambio de
mentalidad, esto implica salir de los estereotipos, de la discriminación y una
lucha por la igualdad social. En el ejercicio profesional estamos obligados
moralmente e intelectualmente a esforzarnos por elaborar contenidos más creativos,
sin llegar a la denigración de la imagen humana.
Referencias
Díaz,
A. (2012). Publicidad sexista. Alfierro
let me put my love in to you. Recuperado de: http://alfierro.blogspot.com/2012/08/publicidad-sexista_2527.html
Código de ética publicitaria de la
Asociación Nacional de Anunciantes del Perú (ANDA). (1999). Recuperado de: http://es.scribd.com/doc/6939176/Codigo-ANDA-Publicidad
CONAR.
(2006). Código de ética publicitaria
del Perú. Recuperado de: http://www.colectivofemtv.org/documentos/conar.pdf
Asociación Peruana de
Agencias de Publicidad. Códigos de ética y creativo de la asociación peruana de
agencias de publicidad. Perú
Enlaces
de interés
http://www.miatilsa.com/1027/fotos/tilsa-lozano-campanas-para-brahma/
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